Vie. 31/01/2020
La creación de cargos de alta dedicación constituye un desarrollo y consolidación de los principios rectores y objetivos del Sistema Nacional Integrado de Salud, de aportar un mayor grado de eficiencia, estabilidad y calidad en la atención.
Esta propuesta está referida sobre todo a los cargos de ingreso al sistema asistencial y forma parte de una reestructura global del trabajo de esta especialidad.
ÁMBITO TEMPORAL DE APLICACIÓN PARA CARGOS DE ALTA DEDICACIÓN
El nuevo régimen de trabajo médico que se regula por este convenio, se hará efectivo para los cargos creados o que se transformen de acuerdo a la voluntad de ambas partes, a partir del 1° de julio de 2014 y los médicos que ingresen a las instituciones, a partir de dicha fecha.
ÁMBITO PERSONAL DE APLICACIÓN PARA CARGOS DE ALTA DEDICACIÓN
El nuevo régimen de trabajo, se implementará para cargos que ingresen a la institución y/o se transformarán los ya existentes, a convenir entre la institución y los interesados cuando se crea conveniente. La Sociedad Uruguaya de Cardiología aspira que en el futuro dichos cargos se designen por concurso.
ÁMBITO ESPACIAL DE APLICACIÓN PARA CARGOS DE ALTA DEDICACIÓN
No quedan necesariamente comprendidos en este régimen los profesionales médicos que trabajan en pequeñas comunidades (ciudades, villas o pueblos) donde no se encuentre la sede principal de alguna IAMC, entendiéndose por tales las que cuenten con hasta 1.200 afiliados por institución.
Las instituciones y sus trabajadores podrán acordar las condiciones de trabajo en estos servicios, las actividades comprendidas, carga horaria, remuneración y tipología de servicios de acuerdo a la cantidad de afiliados, pudiendo acumular horas entre diversas localidades.
RÉGIMEN DE TRABAJO PARA CARGOS DE ALTA DEDICACIÓN
El nuevo régimen de trabajo es exclusivo para cargos titulares. Se exigirá el Título de Cardiólogo para este cargo. Se proponen tres niveles para los cargos de alta dedicación: - Nivel 1: cargo de base o de inicio. - Nivel 2: cargo de avance o consultante. - Nivel 3: cargo de dirección o jefatura. Los médicos comprendidos en el ámbito personal de aplicación de este convenio, trabajarán en régimen de 32, 40 o 48 horas semanales (las que equivalen a 133 hs, 175 hs y 209 hs mensuales respectivamente).
Para los cargos de inicio, los Cardiólogos trabajarán en régimen de 32, 40 ó 48 hs semanales, y su valor hora será de $795 nominales, al 1 de julio de 2013. Este valor es hora real, más beneficios legales y se deberá adicionar las compensaciones que puedan corresponder por trabajo nocturno, feriados, domingos y antigüedad, la que se calculará sobre las mismas bases que en la actualidad. Incluye guardia en emergencia, unidad cardiológica, atención domiciliaria y policlínica.
Cargo de avance: Es aquel especialista en Cardiología responsable de la asistencia y tratamiento de los pacientes internados en el sanatorio, incluido su seguimiento hasta el alta sanatorial. Realiza consultas de pacientes derivados por otros especialistas, desarrollando su labor tanto en Policlínica, como en áreas de internación o internación domiciliaria. A reglamentar.
Cargo de dirección o jefatura: dirige la actividad del Departamento, en los casos en que exista como tal, cumpliendo las funciones de programación, supervisión y organización. Cumplirá con la función de desarrollo y coordinación de actividades de EMC. A reglamentar.
Las áreas a cubrir: serán convenidas entre ambas partes al asumir el cargo y pueden comprender:
a- Urgencia
b- Unidad cardiológica
c- Área de internación en piso
d- Atención domiciliaria
e- Internación domiciliaria
f- Policlínica
g- Actividad de educación, promoción de salud y actividades institucionales no vinculadas a la atención directa de pacientes. Investigación, Ateneos Interclínicos, etc.
Distribución horaria:
Guardia en urgencia y piso, incluye: máximo 16 horas semanales continuas, una guardia de 24 horas de fin de semana.
En el caso que haga guardias en Unidad Cardiológica (MG, cardiólogo de guardia) hará 20 hs. como estipula el proyecto de reforma laboral en áreas críticas.
Resto de áreas: Internación en piso, Policlínica, Internación domiciliaria, ocuparán no menos del 20% de la carga horaria y se distribuirán según acuerdo de ambas partes. Actividad de educación será del 5% restante (2 o 4 horas semanales).
DEFINICIÓN DE LAS ACTIVIDADES PARA CARGOS DE ALTA DEDICACIÓN
a- Emergencia y Urgencia: atiende las emergencias y urgencias cardiológicas que le lleguen por distintas vías, realiza la valoración primaria del paciente, la terapia de urgencia, determina el destino del paciente.
b- Unidad Cardiológica: De acuerdo al Proyecto de reforma del trabajo en las áreas de Cuidados intensivos e intermedios de las unidades cardiológicas. Con la salvedad que en este caso el Cardiólogo hará la guardia de 12:00 a 08:00 hs como médico de guardia, y se le abonarán las horas al valor de $795, como el resto de las horas del cargo de alta dedicación (valor hora al 1/7/13, nominal, más beneficios legales, con adicional de trabajo nocturno, feriados, domingos y antigüedad).
c- Área de internación en piso: es el responsable de la vigilancia y cuidado del paciente internado en sanatorio y/o hospital, actúa con el resto del equipo médico. La atención en área de internación en piso se desarrollará de lunes a sábado. Los Cardiólogos podrán ser convocados para realizar visita los días domingos y feriados dentro de su cargo, en una relación que no exceda un domingo cada 6. En estos días se estipulará horario de 4 hs, pudiendo extenderse a 6 hs en caso de necesidades asistenciales del servicio. En caso de que el Cardiólogo cumpla su tarea en un plazo menor a 4 hs igualmente se abonarán las 4 hs.
d- Atención domiciliaria: atención de las consultas domiciliarias urgentes y no urgentes. Deberá incluirse traslado o viático. Se considera promedio de 45 min por paciente más tiempo de traslado.
e- Internación domiciliaria: es una modalidad de atención de la salud, mediante la cual se brinda asistencia al paciente en su domicilio, de patologías tanto agudas como crónicas en episodio agudo. Se considera promedio 45 min por paciente la primera consulta y 30 min las siguientes más tiempo de traslados. Deberá incluirse viático o traslado
f- Policlínica de Cardiología General: brindará atención no urgente en consultorio, constituyendo el nivel fundamental de la relación con el paciente. La actividad de Policlínica tendrá un fuerte componente de promoción de la salud con actividades dirigidas a la familia y el entorno. Forma parte del perfil, la coordinación con otras especialidades y niveles asistenciales. Se atenderán 3 pacientes por hora y 30 minutos para la primera consulta, tal como fue estipulado en la Asamblea de la SUC del 2010.
g.- Quedan excluidos del valor hora los ECG y todas las técnicas cardiológicas.
HORAS DE ACTIVIDADES INSTITUCIONALES PARA CARGOS DE ALTA DEDICACIÓN
Esta actividad incluye como mínimo 2 horas semanales comprendidas dentro de las 32, 40 o 48 horas semanales respectivamente, y teniendo en cuenta 43 semanas laborales anuales, las horas totales en el año son 86.
Estas horas deben ser flexibles tanto en su contenido como en su distribución anual de acuerdo a los requerimientos del servicio. Quedan excluidos los días de licencia por congreso.
SEGURIDAD LABORAL
Atento a que se crean los cargos de alta dedicación a iniciativa del Poder Ejecutivo, concentrando así el trabajo en una sola Empresa o Institución, el Poder Ejecutivo se obliga a velar se garantice el trabajo de los profesionales médicos en las mismas condiciones pactadas, ante el eventual cierre de alguna Institución