Noticias Destacadas

Reglamento de los Comités de la SUC


Mié. 10/02/2021

Compartir:

Estimados socios,

Para comenzar el año 2021, les enviamos un resumen escueto y práctico del reglamento de los comités de nuestra SUC.


  1. Se denomina comité a toda agrupación de socios vinculados por un interés científico común que trabajan para mejorarlo, desarrollarlo y generar instancias adecuadas para su promoción y divulgación.
  2. Se pueden referir a especialidades, subespecialidades o áreas temáticas médicas, y áreas temáticas no médicas vinculadas a la cardiología.
  3. Todos los socios de la SUC pueden integrarlos.
  4. Deberán estar integrados por un mínimo de 6 socios.
  5. Constarán de un Comité Ejecutivo formado por un presidente, un secretario, y vocales; éstos se elegirán anualmente y podrán ser reelegidos por un año más.
  6. Anualmente se elevará la lista de miembros titulares a la Comisión Directiva (CD), así como su plan de trabajo para el año.
  7. Cada miembro titular deberá realizar una declaración de conflictos de interés con empresas médicas, de insumos, etc., al inicio de cada año.
  8. Los comités deberán realizar por lo menos una actividad docente anual dirigida a los socios de la SUC, la cual los habilitará a tener participación con un Simposio en el Congreso Uruguayo del año siguiente.
  9. El auspicio de laboratorios o empresas afines será gestionado exclusivamente por la CD de la SUC.
  10. La actividad de los comités gozará de autonomía, enmarcada en los lineamientos de los estatutos vigentes de la SUC.
  11. Recibirán asistencia administrativa a efectos de trámites y trabajos.

Para acceder al reglamento completo les enviamos el siguiente link:


Comisión directiva de la SUC


Compartir:


suc-beneficios
suc-alianza-ent